Acabados e instalaciones interiores
Cambio de la fontanería y la instalación eléctrica, suelos, alicatados, recubrimientos interiores… Es la reforma más habitual y sencilla.
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No necesita permiso municipal.
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No se pagan tasas, aunque es probable que precises colocar un contenedor de escombros en la calle y, en ese caso, deberás pagar un impuesto por la ocupación de
la vía pública. La cuantía dependerá de qué calle se trate –son más caras las del centro y de zonas comerciales– y del espacio que ocupe. Coste orientativo: entre uno y cinco euros por
día.
Cambio en la distribución de la casa
Unir la cocina al salón, tirar tabiques para ampliar estancias, crear una nueva estancia a partir de la terraza…
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Necesita permiso municipal. Para obtenerlo, tendrás que rellenar unos impresos y presentar una descripción de la reforma, con un plano de la
modificación y un presupuesto.
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No se necesita la supervisión de un técnico colegiado.
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Pagarás seguro dos tasas, y otras dos probables:
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Por prestación de servicios urbanísticos. Es decir, un pago por los trámites que tiene que hacer el ayuntamiento (papeleo). En Madrid suele ser de 287,70
euros si la superficie de la vivienda no supera los 500 m2.
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Impuesto de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
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Tasa por la instalación de un contenedor de escombros (si es el caso).
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Por la colocación de vallas o andamios (si se utiliza). El coste también dependerá de la calle (en Madrid está entre 0,37 y 10,19 euros por m2) y de
la altura de los andamios (se incrementa un 50% por cada tres metros de alto). Para su colocación será preciso presentar documentación que garantice la supervisión de un técnico (puede
ser el jefe de obra).
Modificación de la estructura de la casa
Se trata de una obra profunda que afecta al diseño y la construcción original.
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Necesita permiso municipal. Los mismos trámites vistos con anterioridad.
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Además, necesita la supervisión de un técnico colegiado (arquitecto o ingeniero) que presente y firme el proyecto.
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Pago de tasas:
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Por prestación de servicios urbanísticos. En Madrid suele ser de 607 euros si la superficie de la vivienda no supera los 250 m2.
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Impuesto de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
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Tasa por la instalación de un contenedor de escombros.
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Por la instalación de vallas o andamios.
Reformas que suponen modificar elementos comunitarios
Son las obras que afectan a las fachadas de los edificios, incluidas terrazas y balcones y, por tanto, a la estética y la estructura.
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Necesita permiso municipal. A la documentación ya vista se suman planos de situación y fotografías.
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No precisa de la supervisión de un técnico colegiado.
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Necesita la autorización de la comunidad de propietarios.
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Pago de tasas:
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Por prestación de servicios urbanísticos. En Madrid suele ser de 57,65 euros por planta, aunque el pago mínimo es de 123,70 euros.
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Impuesto de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
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Por la instalación de un contenedor de escombros.
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Tasa en caso de colocar vallas o andamios.
Ampliación de la superficie de la casa
Construir un garaje o un trastero, añadir un ático, nuevos cerramientos…
Necesita permiso municipal. Los mismos trámites vistos con anterioridad.
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Necesita la supervisión de un técnico colegiado.
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Pago de tasas:
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Por prestación de servicios urbanísticos: en Madrid, 242,75 euros hasta 25 m2. A partir de ahí, 161,90 euros por cada 50 m2 o fracción.
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Tasa por verificar la correcta realización de la obra: 206,55 euros para superficies que no superen los 500 m2.
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Impuesto de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
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Por la instalación de un contenedor de escombros.
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Tasa por la colocación de vallas o andamios.
Conservación de instalaciones comunitarias y cubiertas
Reformas de elementos que estén dentro de tu propiedad pero que afecten a toda la comunidad, como por ejemplo terrazas de áticos que sirvan a la vez como
cubiertas.
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Necesita permiso municipal.
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No se necesita la supervisión de un técnico colegiado.
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Tasas:
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Tasa por prestación de servicios urbanísticos. 287,70 euros si la superficie de la vivienda no supera los 500 m2.
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Impuesto de Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO). Un 4% del presupuesto.
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Tasa por la instalación de un contenedor de escombros (si es el caso).